Ad Libitum esta tomando forma

Como Comité Editorial tenemos el agrado de informar que al correo electrónico de la revista, RevistaAdLibitum@GMail.com, han llegado los primeros trabajos.
Estamos construyendo un gran proyecto, en el cual la publicación de la revista es sólo el comienzo, queremos construir instancias de participación para los estudiantes de derecho, lograr más publicaciones, foros, charlas, etc., por ello estamos haciendo todos los esfuerzos y gestiones para lograr algo de calidad, que cumpla con el objetivo de hacer universidad, de abrir espacios a los distintos estamentos de la facultad para exponer sus trabajos, de mostrar el gusto que tenemos por lo que estamos estudiando.

Por el espacio de que dispone la revista rogamos enviarnos con anterioridad un mail consultando por la factibilidad de que el artículo sea publicado en la edición de septiembre.

Antonio Rivas en el III Congreso Estudiantil de Derecho y Teoría Constitucional

Tenemos el agrado de comunicar que el trabajo de uno de los integrantes del Comité Editorial de Ad Libitum, Antonio Rivas, fue seleccionado para exponer en el "III Congreso Estudiantil de Derecho y Teoría Constitucional" en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.
El trabajo realizado por Antonio se titula "La Conservación del Patrimonio Ambiental: Herramientas de Gestión".

RESUMEN: "La regulación medioambiental en nuestro país es una disciplina que ha experimentado un rápido desarrollo, y en particular la forma en la que el Estado asegura a las personas el derecho de vivir en un medioambiente libre de contaminación. El presente estudio resuelve las relaciones entre las normas medioambientales consagradas en la constitución y la ley con sus correlativos efectos económicos".

Es posible descargar el trabajo completo (.pdf) desde Internet aquí.

La ponencia se llevará a cabo el día 22 de Agosto, de 10:00 a 13:00 hrs. en la Sala 2 (Medio Ambiente) de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile (Pío Nono #1, Providencia), y comentará el Profesor Sergio Montenegro.

Más información sobre el Congreso en http://www.congreso.uchile.cl/

Abogados extranjeros titulados en Chile podrán ejercer.

El Congreso Nacional culminó la tramitación de una iniciativa de los diputados Pedro Araya (DC), Jorge Burgos (DC), Guillermo Ceroni (PPD), Eduardo Saffirio (DC) y del ex parlamentario Edgardo Riveros (DC).
El proyecto de ley sustituye el artículo 526 del Código Orgánico de Tribunales (COT), para permitir que los extranjeros que han cursado la totalidad de sus estudios de Derecho en Chile puedan ejercer la profesión de abogado.


En condiciones de ser promulgado como ley de la República quedó el proyecto, en segundo trámite, que permitirá ejercer la profesión de abogado a los extranjeros que hayan estudiado Derecho en universidades del país y que cumplan con los requisitos que establece la legislación vigente.
Ello, luego de que el Senado aprobara por unanimidad, la iniciativa que contó con el informe favorable de la Comisión de Constitución. Durante el debate intervinieron los senadores Alberto Espina, Baldo Prokurica y Juan Pablo Letelier quienes valoraron la iniciativa que corrige una situación discriminatoria.

El senador Alberto Espina explicó que “para recibir el título de abogado en nuestro país se requiere tener la nacionalidad chilena y sucede que hay extranjeros que estudian en el país, cursan todos sus estudios, obtienen su grado de licenciado en Ciencias Jurídica y Sociales y, sin embargo, no pueden titularse. Por eso esta iniciativa soluciona esa discriminación absolutamente infundada”.

Coincidió con su par, el senador Baldo Prokurica quién señaló que “parece absurdo que quienes se han recibido como abogado en otros países con convenio puedan ejercer su profesión y no los que estudiaron en Chile”. Asimismo dejó constancia de la necesidad de exigir “reciprocidad” a los países para que también los chilenos que estudien Derecho fuera puedan ejercer la profesión”.

Por su parte, el senador Juan Pablo Letelier, precisó que “en casi todos los países a los extranjeros que se reciben de abogado se les permite ejercer. En ese sentido, Chile es uno de los pocos países que no adopta esa misma disposición y exige la nacionalidad chilena, lo cual es casi una paradoja porque uno de los principales Códigos de nuestro país fue escrito por Andrés Bello, un extranjero”.

FUNDAMENTOS

Cabe señalar que la iniciativa, originada en una moción de un grupo de diputados, modifica el artículo 526 del Código Orgánico de Tribunales, que coloca a los extranjeros en una situación de desigualdad respecto de los chilenos que han obtenido el título de abogado, pues establece que sólo los chilenos pueden ejercer esa profesión en nuestro país.

En lo fundamental, la iniciativa establece que “los chilenos, y los extranjeros residentes que hayan cursado la totalidad de sus estudios de derecho en Chile, podrán ejercer la profesión de abogado”, sin perjuicio de lo que dispongan los tratados internacionales vigentes.

Fuente: Senado.cl / Bcn.cl

Ad Libitum en Derecho Noticias

"Derecho Noticias", publicación de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Central, en su edición de Agosto, dedica un espacio para destacar la refundación de la Revista Ad Libitum.
La noticia, cuyo texto aparece publicado en la página 12, señala lo siguiente:

Reaparecerá la Revista Ad Libitum.
A contar de septiembre, volverá a circular la Revista Ad Libitum. Los responsables del regreso de esta publicación estudiantil son los alumnos Carolina Parraguez (cuarto año de Derecho), Antonio Rivas, José Manuel Sandoval y Luciano Saltori (quinto año de la carrera).
Esta revista jurídica, según manifestaron los jovenes, "tiene la finalidad de generar una instancia crítica, pluralista y tolerante en la construcción del Derecho y, por lo mismo, en sus páginas se abordarán distintos temas de manera abierta".
Agradecemos a la periodista de la Facultad, Daisy Castillo, por ayudarnos a difundir a la comunidad universitaria nuestra publicación.
Así mismo, agradecemos a la Sra. Nelly Cornejo, Jefa de la Biblioteca de la Facultad, por su colaboración en el proceso de aprobación y gestión del proyecto editorial de refundación, hecho también mencionado en "Derecho Noticias" (Pág. 14)

Bases de Publicación

El Comité Editorial de Revista de Estudios Jurídicos Ad Libitum extiende la más cordial invitación a todos los estamentos de nuestra universidad, profesores, alumnos, egresados y ex alumnos que deseen publicar estudios personales en derecho nacional y/o comparado, comentarios a sentencias u obras de doctrina a que publiquen el fruto de sus trabajos en nuestra revista. Para homologar criterios se ha optado por un sistema que establece el formato de los trabajos a enviar y las condiciones mínimas de redacción.

I. Reglas Comunes.

1. Pluralismo. Serán recibidos todos los trabajos que correspondan al análisis de las ciencias sociales sin hacer distinción respecto de quien los produce, sea profesor, alumno, egresado o ex alumno. En su evaluación no se considerará:

a) La tendencia política,
b) La corriente doctrinaria,
c) El nivel que se curse, en caso de que se trate de alumnos de pregrado.

2. Originalidad. Los trabajos entregados a la revista deberán ser únicos, esto es, que no hayan sido presentados en un congreso, seminario o jornada o por un medio de difusión, especialmente escrito o electrónico. Se preferirán aquellos trabajos que demuestren ser novedosos.

3. Forma, lugar y fecha de entrega. La entrega no se sujetará a formalidades. Todo escrito deberá ser enviado al correo electrónico de la revista: RevistaAdLibitum@GMail.com. El comité aceptará la recepción de trabajos sin envío a la dirección de correo sólo en situaciones especiales, las que catalogará soberanamente.

La fecha límite de entrega será publicada con una semana de anticipación. Los trabajos entregados fuera de este plazo no serán publicados en
la edición más próxima al tiempo de entrega del referido trabajo.

4. Revisión de los trabajos. El Comité Editorial, y sus asociados cuando sea necesario, deliberarán sobre la pertinencia y mérito del trabajo. Cada uno de sus integrantes deberá analizar los temas a que hace mención su cargo. El rechazo de uno de los trabajos por no cumplir con los requisitos de forma o de fondo no será apelable.

5. Condiciones. Revista Ad libitum no será responsable por infracciones a la ley de propiedad intelectual contenidas en los trabajos enviados o publicados.

II. Estructura del trabajo.

6. Forma del escrito. El trabajo enviado deberá estar confeccionado de la siguiente manera:

a)La extensión máxima del trabajo debe ser de cinco páginas. Bajo condiciones excepcionales se admitirá otro límite siempre que el comité acuerde en ello. Debe ser redactado en fuente Times New Roman, tamaño 11, o Arial, tamaño 10, interlineado sencillo.

b) Deberá contener un encabezado que ilustre la rama o tema del derecho a que se refiere, seguido por el título del artículo.

c) Deberá contener un resumen que explique el objeto del artículo, el cual no podrá exceder las setenta palabras, redactado en fuente times new roman, tamaño 10, estilo cursiva.

7. Bibliografía. Cada trabajo deberá incluir los textos utilizados en su elaboración. Con todo, si el trabajo es producto de una idea desarrollada sin apoyo bibliográfico igualmente se pedirá un mínimo de tres títulos como lectura sugerida.
Descarga aquí las normas ISO 690:1987 e ISO 690-2:1997 sobre Elaboración e Interpretación de Referencias Bibliográficas

8. Restricciones. Serán rechazados de plano aquellos trabajos que no respondan al principio de pluralismo, tal medida se adoptará especialmente respecto de:

a) Aquellos trabajos que tengan una marcada tendencia política y que utilicen las páginas de la revista como medio de propaganda.

b) Aquellos escritos que difamen a cualquier autoridad, profesor o funcionario de la universidad.

c) Los que, en el mismo sentido de la letra anterior, ataquen la dignidad y honra de alumnos o segmentos determinados de la población estudiantil.